Categoría: Noticias
, 22 Noviembre, 2024
Exoneración de retención de impuestos para inmobiliarias en alquileres de verano
El Gobierno decidió exonerar a las inmobiliarias de la obligación de retener el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) en los alquileres de verano. Esta medida se aplica a los contratos de arrendamiento temporal de inmuebles destinados al turismo, siempre que no superen los 31 días.
El decreto establece que las inmobiliarias ya no tendrán que actuar como agentes de retención para estos impuestos en el marco de los alquileres de corta duración. Esto representa un alivio para las empresas del sector, que anteriormente estaban obligadas a retener un 10,5% del valor del alquiler para la Dirección General Impositiva (DGI).
Este cambio llega como una respuesta a las quejas de las inmobiliarias, que consideraron que esta carga las ponía en desventaja frente a los alquileres informales o aquellos gestionados directamente por los propietarios. En estos casos, la retención del IRPF no se aplicaba, lo que generaba una competencia desigual.
Además, es importante señalar que la exoneración no es nueva. Durante las temporadas pasadas, especialmente cuando la pandemia afectó gravemente al sector turístico, las inmobiliarias ya habían sido eximidas de esta obligación como parte de un paquete de medidas para reactivar la actividad.
Con esta nueva normativa, el Gobierno busca incentivar la recuperación del sector inmobiliario y mejorar las condiciones para el alquiler turístico, alineándose con la creciente demanda de este tipo de arrendamientos en el país. La medida también refleja un esfuerzo por hacer más competitiva la oferta de alquileres vacacionales frente al mercado informal.
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